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Edición Nº 46

A 10 años del mal llamado “Baguazo”
24 de junio, 2019

La madrugada del 05 de junio de 2009, empleando armas de corto y largo alcance, efectivos de la PNP, bajo el comando de Luis Muguruza Delgado, dieron inicio al violento desalojo de manifestantes indígenas acantonados en la cima del cerro denominado “la Curva del Diablo", caserío Siempre Viva del distrito El Milagro, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, con el saldo de diez policías muertos, un policía desaparecido, así como diez civiles muertos entre indígenas y mestizos.

Este hecho motivó la reacción de un grupo de indígenas, quienes ingresaron a las instalaciones de la Estación Nº 6 de PETROPERÚ, golpearon a los líderes manifestantes, así como al Comandante PNP Miguel Montenegro, quien estaba al mando de un contingente de 37 policías al interior de la estación, para finalmente ultimar a 12 policías en el cerro ubicado frente a la sede petrolera.

Así mismo, 205 personas resultaron heridas (172 entre indígenas y mestizos, 50 de ellos con impacto de bala, y 33 policías). Finalmente, más de 100 personas fueron detenidas.

¿Cuántas investigaciones se instauraron como consecuencia de los sucesos ocurridos en los lugares de protesta?

En puridad[1] se aperturaron cinco investigaciones:

  1. Caso “Curva del Diablo”. Se incriminó responsabilidad penal a 56 civiles (25 miembros de las comunidades indígenas y 31 mestizos) por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado, Lesiones Graves, Atentando contra los Medios de Transporte de Servicio Público, Motín, Disturbios, Tenencia Ilegal de Arma de Fuego, Arrebato de Armamento o Municiones de Uso Oficial y Daño agravado, en agravio de 27 efectivos policiales (12 muertos y 15 heridos) y además el Estado peruano.
  2. Caso “Estación”. Se incriminó responsabilidad a 25 civiles, todos integrantes de las comunidades indígenas, por la presunta comisión de los delitos de Extorsión, Secuestro agravado, Arrebato de Armamentos y Municiones y Disturbios, en agravio de 38 policías (10 fallecidos y 18 heridos) y de la Estación Nº 6 - Oleoducto Peruano Nororiental de PETROPERÚ (El Estado).
  3. Caso “Generales de la Policía”. Se incriminó responsabilidad inicial contra 06 oficiales de la policía nacional por la presunta comisión del delito de Autores Mediatos de los delitos de Homicidio Calificado en agravio de 6 civiles (2 indígenas y 4 mestizos), Lesiones Graves en agravio de 9 civiles (1 indígena y 8 mestizos) y Lesiones leves en agravio de 5 civiles (todos mestizos). Posteriormente, se amplió la instrucción contra el ex Director General de la Policía como autor mediato del delito de Homicidio calificado.
  4. Caso “Desaparición de Mayor Bazán”. Se incriminó a 5 miembros de comunidades indígenas y 1 mestizo por la presunta comisión del delito de Secuestro agravado.
  5. Caso denuncia de los “deudos de la familia policial” contra Mercedes Cabanillas. Se incriminó responsabilidad a la ex Ministra del Interior por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo en agravio de 22 policías muertos y por la desaparición del Mayor Felipe Bazán.

¿Hay proporción y justicia en el procesamiento de indígenas, mestizos y policías?

Van 10 años, y no hay justicia para nadie. A este paso, todos los juicios derivados del Baguazo acabarán el año 2024, sin saber quiénes mataron a los policías.

Definitivamente no. La justicia prefirió “llevar a juicio” primero a los miembros de las comunidades indígenas. Recién este año es posible que se inicie el juicio oral contra un grupo pequeño de oficiales de la Policía Nacional del Perú.

En realidad, la investigación y juzgamiento de los civiles (indígenas y mestizos) ha sido casi de inmediato. A menos de un mes de ocurridos los hechos ya tenían proceso penal abierto; a diferencia de los miembros de la Policía Nacional, quienes recién fueron incluidos en un proceso penal en mayo del 2011, casi dos años después.

En correlato con lo anterior, el Poder Judicial aperturó procesos penales con mandato de detención contra 45 investigados (20 por el caso la “Curva del Diablo”, 19 por la “Estación Nº 6 de PETROPERÚ” y 6 por la desaparición del mayor PNP Felipe Bazán Soles); mientras que solamente se impuso mandato de Comparecencia con Restricciones contra 7 miembros de la Policía Nacional del Perú.

Actualmente, son cuatro los miembros de las comunidades indígenas que tienen la condición de prófugos de la justicia, sobre los que pesa una orden de captura que se renueva cada 6 meses y que corresponde al proceso por la Desaparición del Mayor PNP Felipe Bazán. Desde la otra orilla, no hay ningún policía con orden de captura, al igual que los denominados políticos, quienes a la fecha son considerados como testigos únicamente.

¿Cómo van los procesos penales instaurados como consecuencia del desalojo de los manifestantes indígenas?

Veamos:

1. Caso “Curva del Diablo”:

El 22 de septiembre del 2016 se consiguió unan sentencia histórica, los 53 acusados fueron absueltos; sin embargo, la Fiscalía y la Procuraduría del Ministerio del Interior interpusieron Recurso de Nulidad contra la misma (recurso de apelación)

Elevado el expediente a la Corte Suprema, la 1ª Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, entonces presidida por José Luis Lecaros Cornejo, a fines del año pasado nos notificaron dos resoluciones. La primera, por UNANIMIDAD resuelven CONFIRMAR la sentencia absolutoria por 4 delitos graves que incluían penas hasta de cadena perpetua. Esto ya es cosa juzgada.

La segunda, nos indica que entre los 5 magistrados supremos hay discordia, tres emitieron su voto porque se declare nula la sentencia absolutoria por los cuatro delitos restantes, y dos magistrados opinan que se confirme la sentencia absolutoria.

Esta última discordia implica que se llame a un nuevo Juez supremo dirimente, pues en la Corte Suprema, 4 votos de 5 hacen Resolución. La designada fue la doctora Iris Pacheco, quien inexplicablemente se “inhibió” (apartó) de conocer el caso. El Tribunal Supremo no le aceptó su pedido y se está a la espera de que señale fecha para que los abogados rindamos el Informe Oral.

Los juicios por los hechos ocurridos en "La Curva del Diablo" y la Estación 6 de PETROPERÚ, hace 10 años, distan mucho de finalizar y de definir a los responsables de tanta violencia.

¿Qué puede suceder?

Si la doctora Pacheco, luego de escuchar a los abogados de los hermanos indígenas, resuelve inclinar su voto porque se declare la nulidad de la absolución, esta posición llegaría a tener cuatro votos y, por tanto, consolida una Resolución y se dispondría la realización de un nuevo juicio oral solamente por cuatro delitos menores.

Sin embargo, si la magistrada inclina su voto porque se confirme la absolución, habría un empate de tres votos contra tres, y se tendría que llamar a otro Juez Supremo para que sea el último Juez dirimente. Todavía hay pan por rebanar, nada está dicho, la pelea y la lucha es hasta el último momento del proceso.

2. Caso “Estación 6”

Se inició en el mes de marzo del presente año. Actualmente está en etapa de declaración de testigos ofrecidos por el Ministerio Público. Todo indica que este juicio también seguirá la misma suerte que el de la “Curva del Diablo”; es decir, por la ausencia absoluta de pruebas directas o indiciarias, se debe absolver a los acusados indígenas. Los procesados fueron los que protestaron al interior de la estación 6, pero en modo alguno son los que dieron la orden o ejecutaron directamente a los policías. Los propios testigos integrantes de la entidad estatal así lo confirman.

3. Caso “Generales de la Policía”

En febrero de este año nos notificaron la acusación Fiscal, donde se solicita 25 años de cárcel contra 6 miembros de la policía nacional por el delito de Homicidio Simple y Lesiones Graves. El tipo penal ha cambiado desde que se aperturara proceso penal, así como el número de procesados. Es bueno precisar que, a la fecha, ya prescribió el delito de Lesiones Leves.

A fines de abril se realizó la audiencia de Control de Acusación, donde las partes procesales verifican que la Acusación cumpla con los requisitos formales (identificación de los acusados, de los agraviados, del tipo penal, del monto de la reparación civil y una narración correcta de los hechos). En los meses siguientes se debe señalar fecha y hora para el inicio del juicio oral.

4. Caso “Desaparición del Mayor Felipe Bazán”

Aún no hay acusación del Fiscal Superior

5. Caso denuncia de los “deudos de la familia policial”.

En el año 2012 fue ARCHIVADA por el ex Fiscal de la Nación José Antonio Peláez Bardales quien no encontró responsabilidad en Mercedes Cabanillas, ex Ministra del Interior.

Como vemos, van 10 años, y no hay justicia para nadie. A este paso, todos los juicios derivados del Baguazo acabarán el año 2024, sin saber quiénes mataron a los policías y, Dios mediante, con condena a los policías que mataron civiles.

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[1] Reserva. [N. del E.]

Invierno 2019


Juan José Quispe Capacyachi

Abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).

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