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Edición Nº 18

La cárcel y la seguridad ciudadana: ideas para una política integral contra la criminalidad
19 de diciembre, 2011

Desde hace algunos años, y cada vez con mayor incidencia, la seguridad ciudadana es una preocupación de la población, por lo que se ha convertido en un tema de la agenda pública. Si bien no es momento de hacer una evaluación del conjunto de medidas que se han dictado al respecto, si podemos señalar que en la mayoría de ocasiones han sido marcadas por las siguientes características:

  • Son una respuesta inmediata frente a hechos de especial impacto mediático por el tipo de afectación o la modalidad empleada. Recordemos los hechos de la niña Romina y de la hija del congresista Reggiardo en los últimos años.
  • En casi la totalidad de ocasiones la receta aplicada es única: incremento de sanciones, reducción de derechos de las personas procesadas o privadas de libertad, intención de mejorar las condiciones laborales de los efectivos policiales y a la vez diseñar en algún momento políticas preventivas de criminalidad.
  • Hasta el momento dichas recetas han sido poco eficaces para hacer frente a la criminalidad, o al menos la población no percibe que tengan un impacto real y concreto en su seguridad.

En dicho contexto es claro que las políticas de prevención del crimen son reducidas y aisladas (circunscritas a los esfuerzos de algunas municipalidades) y la necesaria reforma policial, y mejora de sus condiciones para hacer frente al crimen, aún sigue siendo un buen deseo.

Por ende, las reformas legales han sido la respuesta inmediata y más visible del Estado, labor que ha sido realizada sin estudio alguno, dando origen a una maraña normativa que poco ayuda a tener una legislación uniforme y adecuada frente al crimen. Un claro ejemplo es la información que da la Defensoría del Pueblo en su Informe Defensorial N° 154 “El Sistema Penitenciario: Componente clave de la seguridad ciudadana y de la Política Criminal”[1], al constatar que en los últimos cinco años se han dado 29 normas que han modificado 135 artículos del Código Penal, con un diseño tan poco elaborado que en ocasiones debieron darse nuevas normas para corregir errores de redacción que otorgaban beneficios penitenciarios a delitos de extrema gravedad.

En dicho contexto ha existido una preocupante omisión: parece entenderse que hay que prevenir el delito, si este se comete hay que perseguir al criminal, detenerlo y sancionarlo de la manera más fuerte y dolorosa posible para enviarlos a la cárcel. Hecho esto la ciudadanía puede sentirse tranquila, el delincuente sufrirá su pena en el encierro y nos habremos librado de una amenaza.

Pero es claro que dicha visión es errónea: el delincuente volverá. En efecto, dicha persona, al cumplir su pena, volverá a la sociedad. Por ello debemos preguntarnos ¿podemos hacer algo para que la cárcel permita que al volver no sea nuevamente un peligro para los ciudadanos?

La respuesta es clara: si, se puede hacer algo y se debe de hacer por ser una obligación, si deseamos lograr una real prevención de la criminalidad, en caso contrario nos mantendremos con la ilusión de ocultar un problema.

¿Qué es lo que se debe hacer entonces? Lo que hasta el momento no se ha logrado y lo que diversos gobiernos no han tenido la decisión política de realizar.

En primer lugar, lograr que la cárcel sea un espacio controlado por el Estado, en donde el principio de autoridad se realice de manera efectiva. Ello implica no sólo evitar que los internos huyan, sino aspectos básicos como el hecho que las reglas de convivencia al interior de la cárcel no las dicte la fuerza de un grupo de internos, sino la autoridad de acuerdo a la normatividad vigente. Los abusos que se observan hoy deben acabar, eliminando las mafias internas que explotan a otros internos, los privilegios ilegales de ciertos internos; la existencia de celulares, drogas y armas (entre otros objetos prohibidos) son hechos inaceptables.

¿Qué es necesario para ello? Incrementar el personal penitenciario, ya que en la actualidad sólo hay 1,050 agentes de seguridad por turno para cuidar más de 50,000 internos, de modo que (por ejemplo) la mitad de los torreones de seguridad de los penales no tienen resguardo del INPE o la Policía Nacional del Perú, requiriéndose de aproximadamente 3,500 nuevos efectivos. Asimismo es imprescindible proporcionarles los implementos de seguridad necesarios para su tarea y sobretodo capacitarlos de manera adecuada[2].

Pero el principio de autoridad sólo es la base sobre la cual se desarrolla la función central de toda institución penitenciaria: un conjunto de actividades que tienen por finalidad lograr que las personas, al salir, se encuentren en mejores condiciones que al ingresar, para poder realizar su vida en sociedad. La labor del personal de tratamiento, por ende, es central para lograr las condiciones que permitan reducir las posibilidades de que el interno delinca nuevamente.

¿Qué es necesario para ello? En primer lugar ampliar el personal de tratamiento, pues sólo existen 1,078 para atender a más de 50,000 internos, siendo que en la actualidad el tratamiento es a lo sumo un buen deseo[3]. El trabajo y la educación son aspectos fundamentales del tratamiento, los que deben brindarse a todos los internos, sin embargo, más de 20,000 internos no tienen posibilidad de acceder a una u otra alternativa.

En dicho contexto tres problemas centrales afectan tanto la seguridad como el tratamiento:

  • El hacinamiento que sufre nuestro sistema penitenciario, que sólo cuenta con una capacidad aproximada para albergar a 28,000 internos y actualmente recibe a más de 50,000. En medio de la tugurización existente no es posible lograr el orden y disciplina necesarios. Si no existen espacios suficientes para separar a internos de diverso tipo de delito, o a los primarios de los reincidentes, ni la seguridad ni el tratamiento son posibles. La construcción de penales es una labor prioritaria.
  • La corrupción es una lacra que afecta al sistema penitenciario, de modo tal que anula los esfuerzos para lograr seguridad y tratamientos en los penales. La construcción de nuevos penales, mayor número de personal y otras medidas pueden caer en saco roto si se permite el ingreso de objetos prohibidos para los internos a cambio de dinero, o si el interno percibe que puede adquirir mejores condiciones de encierro, o incluso comprar beneficios mediante la corrupción.
  • La evaluación y clasificación del personal penitenciario que permita una Carrera Penitenciaria, en donde los méritos sean considerados para mejores puestos y remuneraciones, constituye un elemento indispensable que es posible mediante la aprobación de la Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.

La cárcel requiere dejar de ser un lugar de mero encierro, donde un interno se encuentra expuesto a un conjunto de situaciones que incidirán no sólo en una vulneración de sus derechos; donde el Estado ha perdido su rol como autoridad cotidiana y por ende las reglas de convivencia en muchos casos son impuestas por los internos. Debe dejar de ser un espacio donde no se produce resocialización, sino que, al contrario, el interno se ve expuesto a situaciones en las que su capacidad criminal puede incrementarse e incluso desde donde se generan delitos a realizarse en el exterior.

Pasar de una cárcel que incrementa los niveles de criminalidad a una que sirva como mecanismo de prevención de futura criminalidad, constituye el reto que hasta el momento no ha sido asumido por los gobiernos pasados y se espera que el actual modifique dicha situación.

Para ello se requiere abandonar al facilismo de dictar leyes más duras, ilusionándose que eliminarán la criminalidad, para pasar a generar una política pública que busque proteger de manera efectiva al ciudadano del crimen, objetivo en el cual la cárcel es un espacio a considerar.

Finalmente debemos apuntar que cualquier reforma penitenciaria implica un largo camino, siendo irreal solucionar esta crisis de manera inmediata. Una reforma seria implica un conjunto de medidas que deben ser parte de un Plan de Reforma Penitenciaria, que establezca líneas de trabajo a continuarse permanentemente, más allá de los cambios en la Presidencia del INPE o en el Ministerio de Justicia.

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[1] Dicho Informe Defensorial se encuentra disponible en la página web de la institución: www.defensoria.gob.pe
[2]
Resulta inaudito que personal dedicado a una tarea tan importante solo tenga una capacitación de 3 meses.
[3] Un claro ejemplo es que en los últimos cinco años, si bien la población penitenciaria se incrementó en más de 12,000 internos, el personal de tratamiento sólo ha tenido un incremento de 164 profesionales.

Publicado en diciembre 2011


Luis E. Francia Sánchez

Comisionado del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoría del Pueblo.

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