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Edición Nº 25

Derechos de la ciudadanía social en un contexto migratorio
10 de diciembre, 2013

La emigración produce efectos en el país emisor y en las personas que emigran. Para el país emisor supone una pérdida de capital humano, de personas capaces de trabajar en los procesos de desarrollo del país, de formar familias, de aportar nueva población, ideas y juventud. También tiene un efecto positivo cuando proporciona remesas económicas que permite al país contar con divisas y capital para invertir y a las familias mejorar sus condiciones de vida.

Por otra parte, las personas emigrantes viven experiencias derivadas de introducirse en una nueva sociedad, en un nuevo contexto, en una nueva cultura: en unos modos de vivir, con horarios, comidas, costumbres, modos de enfocar el trabajo y de relacionarse que les son ajenos. Estas experiencias generan conocimientos en las personas inmigrantes, que transforman sus modos de vida, de pensamiento y de acción. En concreto, uno de los ámbitos donde suelen encontrar un cambio es respecto a la ciudadanía social y en cómo el Estado protege los derechos de las personas.

La ciudadanía comprende varias dimensiones: la política, vinculada al derecho a participar como elector y como elegible en el ejercicio del poder político; la civil, que incluye los derechos necesarios para la libertad individual (libertad de expresión, de pensamiento y de religión, el derecho a la propiedad, a cerrar contratos válidos, y el derecho a la justicia); y la social, que –según T. H. Marshall (1997)[1]- protege desde el derecho a un mínimo de bienestar económico y seguridad al derecho a participar del patrimonio social y a vivir la vida de un ser civilizado, conforme a los estándares corrientes en la sociedad.

Al relacionar ciudadanía y migración, un hecho a determinar es “quiénes son” y “quiénes no son” ciudadanos, que depende de un criterio arbitrario que se establece socialmente en cada momento histórico. Por eso, en los últimos años, diversos procesos han afectado a la definición de ciudadanía. Como sostiene Castles (2003)[2], hoy en día y por primera vez en la historia, los fenómenos de la globalización, la migración y la universalidad de los derechos humanos han puesto en duda la correspondencia entre Estado-Nación y ciudadanía.

En el caso de las personas migrantes, los países de acogida suelen otorgar primero los derechos sociales y civiles, que están más relacionados con la persona y con los derechos humanos, mientras que los derechos políticos tienen una carga simbólica más fuerte ya que están vinculados a la soberanía nacional. Por otro lado, los derechos sociales son también un factor muy importante en el proceso de integración de los extranjeros y, en muchas ocasiones, no están vinculados a la posesión de documentos o de ciudadanía formal.

Entre los derechos que conforman la ciudadanía social, el PNUD (2010)[3] incluye los referidos a los aspectos de la vida que afectan el potencial para desarrollar las capacidades básicas de las personas y los desagrega en los siguientes aspectos:

  • Derecho a la salud,
  • Derecho a la educación,
  • Derecho al trabajo, al empleo
  • Derecho a la protección social contra la pobreza y la desigualdad, contra la exclusión
  • Derecho a la vida familiar: protección de la maternidad, de los niños, de la protección de las mujeres contra la violencia…

Las conclusiones de una investigación[4] recientemente realizada muestran que las personas peruanas migrantes a Europa, Norteamérica y Sudamérica conocen los derechos que conforman la ciudadanía social y los sistemas de protección desarrollados en los lugares de destino, saberes que son mayores o más profundos en lo relacionado a los derechos de salud, educación y trabajo, ya que son estos temas los que más les afectan en la vida cotidiana. También tienen la conciencia unánime de que poseen estos derechos en igualdad de condiciones que los autóctonos. La experiencia es la que les lleva a tener esa percepción.

Por su parte, los familiares que residen en Perú adquieren el conocimiento de los sistemas de protección de los diversos derechos a través de “los ojos” de los migrantes. Estos saberes son generales y, en ocasiones, superficiales, debido a la gran diferencia que existe entre los sistemas de protección de los países de destino y el de Perú, que hace difícil comprender exactamente el funcionamiento de los mismos si no se han experimentado de primera mano.

Se aprecia que la migración amplía los conceptos de derecho que tenían las personas antes de emprender su viaje. Este proceso permite vivir una nueva experiencia respecto a la ciudadanía social y cómo el Estado la protege, lo que provoca un empoderamiento respecto al significado de ser ciudadano social y a los mecanismos que los poderes públicos pueden desarrollar para proteger dichos derechos. Por su parte, las personas que permanecen en Perú, si bien no experimentan esos sistemas de primera mano, los van conociendo a través de las narraciones de sus familiares. Esto también provoca una ampliación en el concepto que tienen de los diversos derechos, lo cual sucede sobre todo con los vinculados al trabajo y a la protección contra la exclusión.

Las personas emigrantes se muestran preocupadas por la protección de los derechos sociales de sus familiares en Perú, debido a que son conscientes de que el Estado no proporciona una protección adecuada, especialmente en lo relativo a la atención en salud y la educación. Es por ello que parte de las remesas que envían están dedicadas a apoyar económicamente a los de Perú para que satisfagan los mencionados derechos sociales. Por lo tanto, “sustituyen al Estado” posibilitando que sus familiares accedan a buenos servicios de atención privados que, de otra manera, no podrían ser costeados por ellos.

Por otro lado, la protección de los derechos sociales es algo muy importante para la vida de las personas. Es por ello que una de las causas que mencionan las personas migrantes para no regresar a Perú es que saben que ellos y sus familias tienen protegidos ciertos derechos que no los tendrían aquí, especialmente lo relacionado con la educación de los hijos e hijas. Esto les lleva a afirmar que, tal vez en Perú tengan trabajo, pero perderán calidad de vida.

En cuanto a la realidad que se vive en Perú, se percibe un sentimiento de aceptación respecto a que la protección de los derechos sociales siempre va a ser mala y que los sistemas que se implementen siempre serán limitados. Las personas se lamentan de la corrupción que existe, sobre todo en los organismos de Estado, la desigualdad en el reparto de la riqueza y en el acceso a servicios y mencionan que esta situación no puede transformarse, ya que depende del gobierno y las decisiones de éste están muy lejos de los ciudadanos, esto a pesar del crecimiento macroeconómico que ha experimentado el país durante la última década. La ciudadanía social sigue siendo un privilegio, al que muchos familiares solo pueden acceder gracias a que tienen parientes en el extranjero que les envían remesas.

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[1] MARSHALL, T.H. (1997) Ciudadanía y Clase Social, Reis, n.79, Julio-septiembre: “Conferencias A. Marshall, Cambridge, 1949”, pp. 297-344
[2] CASTLES, Stephen (2003) “Jerarquías de ciudadanía en el nuevo orden global”, en Anales de la Cátedra Francisco Suarez, 37, Granada, Universidad de Granada: 9-33.
[3] PNUD/ OEA (2010) Nuestra democracia, México, PNUD.
[4] El artículo es parte de la investigación: “Proceso migratorio y redes familiares transnacionales en los migrantes peruanos: las transformaciones en las nociones de ciudadanía, derechos y demandas al Estado en origen y destino” (2011-2013). Participan la Universidad de Deusto (Bilbao), Universidad de Sherbrooke (Canadá), Universidad Antonio Ruiz de Montoya (Perú), Universidad Alberto Hurtado (Chile). La autora del artículo es la coordinadora de la investigación.


María Luisa Setién

Universidad de Deusto (Bilbao, España)

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