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Edición Nº 44

El éxodo venezolano: una problemática regional
6 de diciembre, 2018

La crisis económica, social y política en Venezuela, y las múltiples y masivas violaciones de derechos humanos, ha generado no solo una crisis humanitaria en el país, sino además un incremento exponencial de la migración de venezolanos en los últimos tres años. Según cifras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, de 695,551 venezolanos en el extranjero en 2015, se pasó a 3 millones hasta noviembre de 2018[1].

Si bien Norteamérica y España, que históricamente han sido países atractivos para venezolanos que deciden migrar, continúan siendo focos de recepción de un alto número de migrantes que provienen de Venezuela, la crisis humanitaria que atraviesa ha ocasionado una diversificación de las rutas y destinos migratorios, convirtiendo a los países de Sudamérica en algunos de los principales receptores de migrantes y refugiados venezolanos.

Aunque Sudamérica resaltó en los primeros años de la crisis por su apertura a la recepción de la migración proveniente de Venezuela, a medida que esta se intensificó, y los flujos de personas que abandonan el país aumentó, también se generó un viraje en las políticas migratorias en varios países de la región, con una tendencia a la restricción del ingreso de migrantes y refugiados venezolanos. La razón aducida de forma común tras los cambios es la necesidad de asegurar una migración segura y ordenada.

Sin embargo, ¿cabe la posibilidad de una migración segura y ordenada en el marco de una crisis humanitaria? Considerando que, de acuerdo a ACNUR, de la cifra de venezolanos en el extranjero, solo en el 2018 se han registrado 203 751 solicitudes de asilo por parte de refugiados venezolanos en diferentes países del continente americano y España[2], es difícil pensar que con la magnitud de la crisis aún quepa lugar al control tradicional que los Estados conciben realizar a través de sus fronteras.

En vista de ello, es claro que la crisis humanitaria venezolana ha dejado de ser una preocupación solamente de Venezuela y los venezolanos dado el impacto que el aumento de los flujos migratorios ha generado en la región. Por ello, conviene realizar un breve repaso sobre algunas de las políticas migratorias adoptadas por los Estados de Sudamérica para afrontar la migración venezolana y la llegada de refugiados venezolanos a su territorio.

Solo dos países de la región cuentan a la fecha con permisos especiales para la regularización de la situación migratoria de personas venezolanas: Colombia (Permiso Especial de Permanencia - PEP) y Perú (Permiso Temporal de Permanencia - PTP). Estos no solo permiten la permanencia en territorio de los países que los emiten, sino que además atribuyen a los migrantes venezolanos la posibilidad de desempeñar actividades lucrativas en el territorio del país de acogida durante su periodo de vigencia.

A pesar de lo positivo de las medidas, considerando que Colombia es el principal receptor de migrantes venezolanos en la región, y que Perú es el principal receptor de solicitantes de asilo, no se han dejado de reportar ciertos problemas en el ejercicio de derechos por parte de migrantes y refugiados venezolanos en dichos países: organizaciones de sociedad civil en Colombia, por ejemplo, han reportado el alto riesgo de apatridia para los hijos de personas venezolanas que acceden al PEP, ya que el contar con este permiso les impide el registrar a sus hijos nacidos en territorio colombiano como nacionales de dicho país.

Por otro lado, en el caso de Perú, el pasado mes de agosto se adoptó como requisito para el ingreso regular de personas venezolanas la presentación del pasaporte vigente[3]. Al respecto, es necesario tomar en cuenta que en Venezuela el acceso al pasaporte es restringido, ya que el sueldo básico no supera los 5 USD y el pasaporte tiene un precio de 86.40 USD, si se solicita desde el territorio nacional, y 200 USD si se solicita desde el extranjero. Por ello, la imposición de este requisito para permitir el ingreso regular de personas venezolanas a territorio de un país tiene como consecuencia evidente la restricción de su ingreso regular.

En el caso de Chile, en abril de este año entró en vigencia la “visa de responsabilidad democrática”, la cual no solo requiere la presentación de un pasaporte vigente, sino que además solo puede ser solicitada en Venezuela. Otro requisito que resalta para la obtención de esta visa, es la presentación de un “certificado de antecedentes penales” emitido en el país de origen del solicitante. Dado el colapso de las instituciones encargadas de la emisión de estos documentos en Venezuela, la obtención de un certificado de tal naturaleza resulta un vía crucis para las personas sin los recursos necesarios para obtenerlo, e incluso para quienes sí cuentan con los recursos por la excesiva demora en su emisión. Este mismo requisito se exige en Brasil y Ecuador para otorgar la residencia temporal a extranjeros, entre ellos los migrantes venezolanos.

Además de las problemáticas aisladas a cada país, de forma común a la región se han presentado múltiples casos de trata de personas, tráfico ilícito de migrantes, expulsiones o deportaciones colectivas, xenofobia, y una constante restricción sobre el acceso a servicios de salud, educativos, o violaciones al derecho al trabajo sin que se adopten políticas integrales dentro de los países de tránsito y de acogida para el tratamiento de estos casos y la garantía de los derechos que se ven afectados.

El difícil acceso al pasaporte venezolano hace más difícil el ingreso legal a los países sudamericanos, pudiendo convertir a los migrantes en víctimas de redes de trata y tráfico.

La situación ha sido notada por diversas organizaciones internacionales y órganos de derechos humanos a nivel mundial y regional. Así, por ejemplo, la falta de una respuesta efectiva a la crisis humanitaria venezolana a nivel regional ya ha sido materia de pronunciamiento por parte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que a inicios de 2018 emitió la Resolución 2/18 en la cual abordó la problemática de la migración forzada de personas venezolanas. A través del citado documento, la CIDH advierte que “la grave crisis política, económica y social que afecta Venezuela persistirá, en tanto las condiciones de graves violaciones a derechos humanos sigan ocurriendo”[4].

En ese sentido, y tomando en cuenta que esta crisis tiene un alcance transfronterizo, la CIDH exhorta a los Estados de la Organización de Estados Americanos (OEA) a “Implementar una estrategia coordinada de alcance regional e internacional, la cual debe estar basada en la responsabilidad compartida y en el abordaje desde un enfoque de derechos humanos para dar respuesta a la rápida y masiva situación de personas que se están viendo forzadas a migrar de Venezuela”[5].

Aunque el más reciente pronunciamiento a nivel regional sobre la situación de las personas venezolanas migrantes y refugiadas, la Declaración de Quito sobre Movilidad Humana de ciudadanos venezolanos en la Región de 04 de septiembre de 2018, contiene una serie de compromisos que van en línea con los parámetros establecidos por la CIDH en la Resolución 2/18, sigue sin llevarse a cabo un esfuerzo claro para la materialización de estos.

La ausencia de un Plan de Acción Regional a nivel estatal no hace más que agudizar las problemáticas señaladas, y la sensación de que la carga que afrontan los países de tránsito y acogida de migrantes venezolanos se ven “sobrepasados” en su capacidad de respuesta a la situación. En la medida en que el llamado “éxodo venezolano” va extendiéndose, la necesidad de atención y de elaboración de una respuesta adecuada a nivel regional se hace imperativa. A este punto, es claro que la efectividad de las soluciones y planes que se conciban dependerá del nivel de cooperación entre Estados de la región y el adecuado empleo de un enfoque de derechos humanos en el trabajo que se lleve a cabo.

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[1] ACNUR. La cifra de personas refugiadas y migrantes venezolanas alcanza los 3 millones. Nota publicada el 08 de noviembre de 2018.
[2] ACNUR. Venezuela situation. Ver: https://data2.unhcr.org/en/situations/vensit.
[3] En septiembre de 2018, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una demanda de habeas corpus para tutelar el derecho al libre tránsito de migrantes venezolanos que no contaran con pasaporte vigente. Aunque la sentencia emitida al respecto dejó sin efecto inicialmente la Resolución mediante la cual se impuso el requisito, la apelación presentada por la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior logró que se suspendiera el falló y se exigiera nuevamente el pasaporte.
[4] CIDH. Resolución 2/18. Migración forzada de personas venezolanas. Aprobada en Bogotá, Colombia, el 2 de marzo de 2018, en el marco de su 167° periodo de sesiones.
[5] Ibídem.

Verano 2018-2019


Génesis A. Vargas Canales

Asistente de investigación del Área Académica y de Investigaciones del Instituto de Democracia y Derechos Humanos (IDEHPUCP).

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